| Tradicional Foro de Consultas - Primer Epoca |

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ABANDONO DE INFANTE |
Publicado por:
JESUS AMADO RAMOS |
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Autor:
JESUS AMADO RAMOS |
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YA RECIBI SU CONSEJO, YA TENGO LA DIRECCION DE DONDE TIENEN A MI HIJA, PERO PODRIA Y DEMANDAR AL PAPA DE MI MUJER PARA QUE ME ENTREGUE A LA NIÑA, PORQUE HAGO ESTE COMENTARIO ME LA VAN A ESCONDER, PODRIA YO PROCEDER EN CONTRA DEL ABUELO POR EL DELITO DE SECUESTRO, YO VIVO EN TIERRA BLANCA VER Y ELLOS ESTAN VIVIENDO EN VILLA JUANITA, VER, PORQUE YA UNA VES LO HICIERON ME LA ESCONDIERON COMO SE LO EXPLIQUE QUE SU MAMA DE MIS HIJOS ESTA EN ESTADOS UNIDOS Y CREO QUE ME HACISTE EL DERECHO DE QUE SU PAPA DE ELLA ME ENTREGUE A LA NIÑA O ME LA TRAIGA HASTA DONDE YO VIVO, PORQUE HASTA AHORITA QUE YO TENGA CONOCIMIENTO LA MAMA NO DEGO NINGUN DEPOSITO JUDICIAL
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APARTIR DE QUE MOMENTO LA MAMA DE MIS HIJOS PERDIO LA PATRIA POTESTAD
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Es increible que esto suceda en la actualidad
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lic. beltran un gusto saludarlo. y para jesus, ya en otro momento te había contestado, pero de todos modos te comento que la patria potestad no se pierde por momentos, tienes que tramitar el juicio de perdida de patria potestad de acuerdo a las leyes y en el juzgado de tu localidad, y de acuerdo al domicilio conyugal. al abuelo le tienes que demandar la guarda y custodia de tu hija ya que tu eres el padre y la patria potestad la ejercen los 2 padres a falta de uno queda el otro. saludos
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LIC PAULINO ROMERO PADILLA |
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SR. JESUS AMADO, me es grato saludrlo y al mimso tiempo comentar que Usted tiene todo el derecho de tener a su menor bajo su guarda y custodio, toda vez que Usted tiene a salvo sus derechos de paternida, así mismo puede hacer valer ante la autorida competente en materia familiar un juicio de recuperar la poseción de la menor, ya que en el estado de Puebla si se preve en la legislación civil la acción reivindicatoria, así mismo invoque el convenio internacional para la protección de las niñas y los niños signado por México, como tambien pude usted demandar y denunciar los abuelos por el delito de sustracción de mneor en puebla si existe dicha figura jurídica en materia penal, por lo que la sugerencia de mis colegas respecto a la perdida de la patria potesrad respecto de su conyuge tambien puede accióar dicho juicio, toda vez que habandono a su menor sabiendo que usted existe, por lo que suguiero revise la lesgilación de su Estado y verifique si existen estos tipos de acciones en su estado.
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