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DIFICULTAD EN EL BURO DE CREDITO |
Publicado por:
LMORENO |
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Autor:
LMORENO |
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EN LA REFERIDA CRISIS DEL 94 TUVE MUCHOS PROBLEMAS CON LAS TARJETAS DE CREDITO Y AUNQUE REESTRUCTURE ALGUNAS ME FUE IMPOSIBLE TERMINAR DE PAGARLAS POR LOS ALTOS INTERESES.
DESDE ESE AÑO A LA FECHA NO TENGO TARJETAS DE CREDITO NI PUEDO SOLICITAR OTRO TIPO DE FINANCIAMIENTOS.
LA PREGUNTA ES: ¿CUANTOS AÑOS PASAN PARA QUE MI NOMBRE DEJE DE APARECER EN EL BURO DE CREDITO? YA QUE MIS DEUDAS SERIAN INCOBRABLES EN ESTE MOMENTO.
¿ES CIERTO QUE SON 10 AÑOS?
URGE RESPUESTA.
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Entró en vigor una nueva ley que obliga a las Sociedades de Información Crediticia a aplicar el Derecho al olvido, para mayor abundamiento del tema:
//senado.gob/content/sp/md/content/estatico/content/informes/59/1/LIX_2/15-04-2004/documento34.html
El problema actual, es -como bien indica el articulo- que dichas Sociedades (leáse Buró de Credito) no atienden en su totalidad lo asentado en la ley.
Saludos
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Conforme al Art. 23 de la Ley que regula a las sociedades de información crediticia, ésta tiene la obligación de eliminar asientos cuya reclamación legal haya prescrito, es decir, en caso de créditos quirografarios, la acción cambiaria prescribe en 3 años, pero la ordinaria mercantil en 10, conforme a los art. 165 de la L.G.T.O.C. y 1038, 1040 y 1047 del Código de Comercio. En general, una obligación derivada de un crédito mercantil no reclamada, prescribe en 10 años, y cuando ésto ocurre, el buró de crédito debe eliminar el asiento de dicho crédito, previa reclamación que se formule por escrito.
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montanohugo, myg_montanohugo
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o sea ya te quieres endeudar de nuevo hasta el cuello para que despues no puedas pagar (como en el 94) y entonces la gente producutiva tengamos que pagas otro FOBAPROA.
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BUSCANDO EN LA PÁGINA DEL BURÓ Y CONDUSEF ENCONTRÉ QUE EL REGISTRO TIENE UNA DURACIÓN DE 7 AÑOS, ES DECIR, QUE SE TIENE EL DERECHO DE SOLICITAR LA ELIMINACIÓN DE DICHOS REGISTROS, PERO LO QUE ME GUSTARÍA SABER ES SI APLICA DE IGUAL FORMA ÉSTE PLAZO PARA CRÉDITOS ORIGINADOS EN CRÉDITOS HIPOTECARIOS.
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PUEDEN INDICARME SI LOS PLAZOS DE LA PÁGINA DE LA CONDUSEF SON APLICABLES EN TODOS LOS CASOS? CÓMO SE COM### LOS TIEMPOS PARA MANTENER LOS REGISTROS? ES MES A MES? O POR AÑO? EN MI REPORTE SE INDICAN SÓLO 3 AÑOS (2003, 2004 Y 2005) QUIERE DECIR QUE LOS DEMÁS YA NO SE ENCUENTRAN EN MI HISTÓRICO DE PAGOS? HASTA QUE FECHA SE SEGUIRÍA REPORTENDO UNO OBTENIDO EN 1998?
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auxilio, alguien puede asesorarme?
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Debes tomar en consideración la prescripción negativa y eso es en relación a las deudas de caracter economico. Lo cual marca un total de 5 años. Osea el perdon de la deuda por el trancurso del tiempo
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Ann Marie: Por ley todos los plazos deben ser iguales. En el caso de los registros crediticios que manejan las sociedades de información, éstos deberían ser borrados en el plazo de 7 años, SIN IMPORTAR EL ORIGEN DE DICHOS ADEUDOS, sin embargo, se corre el rumor de que aquellas personas que han realizado el trámite para que se eliminen sus registros cáducos, en realidad sigue reflejándose en una subcuenta no disponible para el público en general.
Existen medios para defenderse al respecto, pero debe considerarse cada caso en concreto.
Espero haber sido útil. montanohugo
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¿CUANTOS AÑOS PASAN PARA QUE MI NOMBRE DEJE DE APARECER EN EL BURO DE CREDITO? YA QUE MIS DEUDAS SERIAN INCOBRABLES EN ESTE MOMENTO.
¿ES CIERTO QUE SON 10 AÑOS?
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tiene razón Hugo Montaño, sobre la prescripción y la obligacion de borrarlos a los 7 años, sin embargo el rumor a que se refiere, no es tal, ya que lo que hace el Buro de Crédito, es colocar una serie de claves al margen, las cuales solo son accesadas por las emrpesas a las que les prestan dicho servicio, en dichas claves se establece si eres un cliente que no paga, moroso que se desaparecio sin pagar o cualquier dato de tu historia crediticia, esto con objeto de evadir las disposiciones legales que obligan a borrar tus datos, por lo que debes demandar el buro de crédito para que borre esos asientos de tu historial
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